El máximo tribunal de la Unión Europea se ha pronunciado en contra de la declaración de una región en España que permitía la caza de un número limitado de lobos.
La sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) estipuló que el lobo no puede ser designado como especie para la caza a nivel regional a menos que su estado de conservación sea «desfavorable» a nivel nacional.
¿Qué dijo el TJUE?La Junta de Castilla y León permite la caza regional del lobo ibérico. El tribunal consideró que el fallo del lunes violaba la Directiva de Hábitats de la UE.
La Asociación para la Conservación y Estudio del Lobo Ibérico (ASCEL) emprendió acciones legales contra el plan del Gobierno regional.
«El tribunal responde que la ley territorial es incompatible con la directiva sobre hábitat», afirmó el tribunal en un comunicado de prensa.
«De hecho, el lobo no puede ser designado especie cazada en una parte del territorio de un Estado miembro cuando su estado de conservación es desfavorable a nivel nacional.»
El tribunal argumentó que el plan de caza del Gobierno regional de 2019, que permitía cazar un total de 339 lobos, no tuvo en cuenta una encuesta que mostraba que los lobos tienen un estado de conservación desfavorable en España.
Sostuvo que cuando el estado de conservación de una especie es tan pobre, las autoridades nacionales pueden prohibir su caza.
El caso volverá a los tribunales españoles, que tendrán que hacer cumplir la sentencia del TJCE contra el plan cinegético.
La sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) estipuló que el lobo no puede ser designado como especie para la caza a nivel regional a menos que su estado de conservación sea «desfavorable» a nivel nacional.
¿Qué dijo el TJUE?La Junta de Castilla y León permite la caza regional del lobo ibérico. El tribunal consideró que el fallo del lunes violaba la Directiva de Hábitats de la UE.
La Asociación para la Conservación y Estudio del Lobo Ibérico (ASCEL) emprendió acciones legales contra el plan del Gobierno regional.
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«De hecho, el lobo no puede ser designado especie cazada en una parte del territorio de un Estado miembro cuando su estado de conservación es desfavorable a nivel nacional.»
El tribunal argumentó que el plan de caza del Gobierno regional de 2019, que permitía cazar un total de 339 lobos, no tuvo en cuenta una encuesta que mostraba que los lobos tienen un estado de conservación desfavorable en España.
Sostuvo que cuando el estado de conservación de una especie es tan pobre, las autoridades nacionales pueden prohibir su caza.
El caso volverá a los tribunales españoles, que tendrán que hacer cumplir la sentencia del TJCE contra el plan cinegético.