La rama europea de WhatsApp ha obtenido permiso de un juez del Tribunal Supremo para apelar la decisión de la Comisión de Protección de Datos de multarla con 225 millones de euros.
La multa fue entregada por DPC en agosto pasado después de afirmar que el servicio de mensajería no había cumplido con sus obligaciones bajo el Reglamento General de Protección de Datos (GDPR) de la Unión Europea sobre protección de datos en varios aspectos.
WhatsApp Ireland Ltd, que es propiedad de Facebook, lanzó una impugnación legal contra la decisión en septiembre.
La Corte Suprema aplazó el caso y dijo que la solicitud de revisión judicial de la decisión de la DPC debe hacerse en presencia de los abogados de los acusados en la demanda, a saber, la Comisión, Irlanda y el Fiscal General.
En el Tribunal Superior el lunes, Declan McGrath SC le dijo a WhatsApp Irlanda que la solicitud de permiso de su cliente para presentar la demanda no había sido impugnada.
El abogado también dijo que los imputados no objetaron la solicitud de su cliente de modificar algunos aspectos técnicos del procedimiento de revisión judicial.
La orden llegó ante el juez Anthony Barr el lunes, quien acordó darle permiso a WhatsApp para presentar su apelación.
El juez aplazó el caso hasta el próximo mes.
En los procedimientos de revisión judicial contra DPC, Irlanda y el Fiscal General, WhatsApp busca una orden para revocar la decisión del 20 de agosto de DPC que multa a la empresa.
También solicita declaraciones de la corte que incluyan que algunas disposiciones de la Ley de Protección de Datos de 2018 son inválidas, inconstitucionales e inconsistentes con las obligaciones del estado en virtud del Convenio Europeo de Derechos Humanos.
Anteriormente, la Corte Suprema había escuchado que la DPC, que se estableció en virtud de la Ley de Protección de Datos de 2018, inició voluntariamente una investigación sobre WhatsApp, que es propiedad de Facebook, en 2018.
La investigación examinó cuestiones que incluían el procesamiento de datos del servicio para usuarios y no usuarios de los servicios de WhatsApp, y el intercambio de datos personales entre las empresas de WhatsApp y Facebook.
El pasado mes de agosto, la DPC llegó a unas conclusiones contra WhatsApp.
Además de imponer la multa, DPC ordenó a WhatsApp que hiciera que su proceso de procesamiento de datos cumpla con los requisitos de GDPR.
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Sin embargo, WhatsApp Ireland Ltd, un proveedor de servicios de mensajería en la región europea, afirma que la decisión del DPC es inconstitucional y no cumple con la Convención Europea de Derechos Humanos.
WhatsApp afirma que la decisión de la DPC, que tomó según las secciones de la ley de 2018, es defectuosa y debe anularse en su totalidad.
La ley sostiene que una ley de 2018 que permite a la DPC participar en una forma de administración de justicia no está permitida y es incompatible con la constitución irlandesa.
WhatsApp afirma que la multa constituye una sanción penal.
El tamaño de la multa constituye una interferencia con los derechos de propiedad constitucionales de WhatsApp, afirma.
WhatsApp afirma además que se han violado sus derechos al debido proceso.
Aparte del procedimiento de revisión judicial, WhatsApp también ha presentado un recurso legal ante los tribunales irlandeses contra la decisión de la DPC.